Productos de comercio justo
Condiciones especiales de ejecución

Condición especial de ejecución

Con la finalidad de incentivar un comercio justo y equitativo respetuoso de los derechos humanos y medioambientales, y de acuerdo con lo dispuesto en el Considerando 97 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, se establece como condición especial de ejecución la obligación para el adjudicatario de que los productos a suministrar {al menos un {porcentaje} % // de esta lista: indicar productos... } tengan el Sello de Comercio Justo, Sello Fairtrade o equivalente (sello que, impreso en un producto, garantiza que este proviene de «comercio justo» y se ha producido y comercializado siguiendo los criterios internacionales del comercio justo establecidos por Fairtrade Labelling Organizations (FLO) International).

Dicho sello debe:

  • Garantizar que los productores reciban precios que cubran los costes medios de producción sostenible.
  • Proporcionar una fuente de financiación adicional para invertir en proyectos que mejoren el desarrollo social, económico y medioambiental.
  • Permitir la prefinanciación a los productores que así lo requieran.
  • Facilitar relaciones comerciales a largo plazo y permitir que las asociaciones de productores tomen mayor control sobre el proceso de comercialización.
  • Establecer criterios mínimos y progresivos para garantizar que las condiciones de producción y de comercio de todos los productos certificados por Fairtrade sean social, económica y medioambientalmente responsables.
  • Garantizar que la producción de un producto ha respetado a los hombres y mujeres que lo han elaborado, se ha elaborado bajo condiciones de trabajo dignas, salario de acuerdo con el nivel del país y que no hay explotación infantil.
  • Garantizar el cuidado del medio ambiente.

Modo de acreditación

A través de las correspondientes declaraciones responsables donde se acredite el otorgamiento de la etiqueta acreditativa de comercio justo correspondiente exigida en los pliegos.

Objetivos y justificación

Fomentar el comercio justo.

Teniendo en cuenta que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo y que las vigentes Directivas Europeas sobre contratación pública –en sus considerandos – recogen expresamente que, en la adjudicación de un contrato público, los órganos de contratación pueden referirse al suministro o a la utilización de productos basados en un comercio equitativo como criterio de adjudicación o como condición especial de ejecución del contrato, la cláusula social establecida en este caso como condición especial de ejecución busca incentivar las formas alternativas de comercio respetuosas con el medioambiente y que, a lo largo de todo su proceso productivo, garanticen el respeto de los derechos humanos.

Se proponen dos modelos de condiciones especiales de ejecución; una donde se fija la obligación de que un porcentaje determinado sobre el global de los productos suministrados tengan el sello Fairtrade y otra donde se relacionan específicamente que productos deben tener tal sello (pues no todos están sujetos al otorgamiento de tal sello).

Por sus propias características debería ser empleado en contratos de suministro y para aquellos productos en los que quepa el otorgamiento de este tipo de sellos de comercio (en este caso el sello Fairtrade, pero valdría cualquiera que acredite un comercio justo, siempre y cuando en la propia cláusula en la que se establezca su exigencia se incluya no solo la mención a la concreta etiqueta, sino también las especificaciones detalladas o los requisitos que ha de reunir un producto para obtener ese sello).

Redactor

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