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modificaciones del contrato impliquen la necesidad de reajustar el plazo de ejecución,

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Cuando las modificaciones de un contrato de obra implican la necesidad de reajustar el plazo de ejecución, este no puede ser aumentado o disminuido en mayor proporción que la variación del importe del contrato. Además, el plazo se concretará en meses, redondeando al alza los días sobrantes.

Cuando se introducen modificaciones en un proyecto sin añadir nuevas unidades de obra, y estas modificaciones afectan tanto al importe del contrato como al plazo de ejecución, el ajuste del plazo debe guardar proporción con la variación del importe. Esto significa que si el importe del contrato aumenta o disminuye, el plazo de ejecución debe ajustarse en la misma proporción.

En caso de que las modificaciones requieran la ejecución de unidades nuevas no previstas en el proyecto original, el director de las obras debe proponer nuevos precios y evaluar cómo estas unidades afectarán el plazo de ejecución. La conformidad del contratista con los nuevos precios y el plazo ajustado es necesaria para comenzar los trabajos de las nuevas unidades.

Si las modificaciones del proyecto hacen imposible continuar con ciertas partes de la obra, puede ser necesario suspender temporalmente la obra, ya sea de manera parcial o total. En estos casos, el reajuste de los plazos debe considerar las normas generales aplicables y cualquier suspensión que haya tenido lugar.

Concepto Detalle
Proporción El plazo se ajusta en proporción al cambio en el importe del contrato.
Redondeo Los días sobrantes se redondean al alza para concretar el plazo en meses.
Nuevas Unidades Requiere conformidad del contratista para nuevos precios y plazos.
Suspensión Puede ser necesaria si las modificaciones impiden continuar ciertas partes de la obra.
    Referencias:
- [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 162. Reajuste del plazo de ejecución por modificaciones.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/162] - [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 141. Modificaciones acordadas como consecuencia de la comprobación del replanteo.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/141] - [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 159. Variaciones en los plazos de ejecución por modificaciones del proyecto.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/159]
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