contrato menor obra importe
Un contrato menor de obra es aquel cuyo valor estimado es inferior a 40.000 euros.
Tipo de Contrato | Valor Estimado Máximo |
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Obras | 40.000 euros |
Los contratos menores son aquellos que, por su importe reducido, pueden realizarse mediante un proceso simplificado que no requiere licitación ni otros trámites adicionales. Esto permite agilizar su constitución, aunque puede impactar en las garantías de transparencia, igualdad, concurrencia y control.
Para la tramitación de un contrato menor de obra, es necesario emitir un informe del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato y asegurando que no se está alterando su objeto para evitar la aplicación de umbrales superiores. Además, se requiere la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente. En el caso específico de obras, también debe incluirse el presupuesto de las obras y, si es necesario, el proyecto correspondiente.
La publicación de los contratos menores debe realizarse al menos trimestralmente, incluyendo información sobre el objeto, duración, importe de adjudicación e identidad del adjudicatario, salvo en aquellos casos cuyo valor estimado sea inferior a 5.000 euros y se paguen mediante anticipos de caja fija u otro sistema similar.