¿Es necesario un proyecto de obras en un contrato menor?
En un contrato menor de obras, no siempre es necesario un proyecto completo, pero sí se requiere un presupuesto de las obras y, en algunos casos, el correspondiente proyecto si las disposiciones vigentes lo exigen.
En los contratos menores de obras, que son aquellos cuyo valor estimado es inferior a 40.000 euros, se debe incluir un presupuesto de las obras. Este presupuesto debe detallar los precios unitarios y descompuestos, así como el estado de mediciones y los detalles necesarios para su valoración.
Aunque no siempre se requiere un proyecto completo, debe existir uno cuando las disposiciones vigentes así lo demanden. Además, si el trabajo afecta a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra, se debe solicitar un informe de las oficinas o unidades de supervisión correspondientes.
Para proyectos de obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación inferiores a 500.000 euros, se permite simplificar la documentación necesaria. Sin embargo, esta simplificación no aplica a los contratos menores, que tienen sus propios requisitos específicos.
Tipo de Contrato | Valor Estimado Máximo | Requisitos |
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Contrato menor de obras | < 40.000 euros | Presupuesto de las obras y, si es necesario, proyecto según disposiciones vigentes |