¿Cuál es el procedimiento adecuado para la contratación de las actuaciones artísticas del programa cultural del Ayuntamiento?
El procedimiento adecuado para la contratación de actuaciones artísticas en un programa cultural del Ayuntamiento dependerá del valor estimado del contrato y de si se trata de un contrato SARA o no. Para contratos de servicios o suministros que no superen los 216.000 €, se puede utilizar el procedimiento abierto simplificado. Si el valor es menor, se puede considerar el procedimiento abierto simplificado abreviado o incluso el contrato menor si el importe es inferior a 15.000 €.
Para determinar el procedimiento adecuado, primero se debe estimar el valor del contrato. Si el valor estimado es inferior a 15.000 €, se puede optar por un contrato menor, que es un procedimiento simplificado para contratos de escasa cuantía. Este tipo de contrato tiene una duración máxima de un año sin posibilidad de prórroga y no debe satisfacer necesidades recurrentes.
Si el valor estimado del contrato es inferior a 140.000 € para servicios o suministros, se puede utilizar el procedimiento abierto simplificado abreviado, que es una tramitación ágil para contratos de menor cuantía. Este procedimiento tiene menos requisitos formales y es adecuado para agilizar la contratación.
Para valores estimados que no superen los 216.000 €, se puede utilizar el procedimiento abierto simplificado. Este procedimiento es una versión simplificada del procedimiento abierto y permite que cualquier empresa presente una proposición, con menos requisitos formales que el procedimiento abierto estándar.
En caso de que el valor estimado del contrato supere los 216.000 €, el contrato sería considerado SARA, lo que implica requisitos adicionales de publicidad y plazos más largos. En este caso, se debería utilizar el procedimiento abierto estándar.
| Tipo de Contrato | Procedimiento | Umbral Máximo |
|---|---|---|
| Contrato Menor | Simplificado | < 15.000 € |
| PASA | Abreviado | < 60.000 € |
| PAS | Simplificado | < 140.000 € |
| Abierto | Estándar | < 216.000 € |
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¿Cuál es el procedimiento adecuado para la contratación de las actuaciones artísticas del programa cultural del Ayuntamiento? Se trata de necesidades recurrentes y periódicas
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