CONTRATO MENOR DE SUMINISTROS
Un contrato menor de suministros es aquel cuyo valor estimado es inferior a 15.000 euros. Estos contratos requieren un informe justificativo de la necesidad del contrato y la aprobación del gasto, junto con la factura correspondiente.
Los contratos menores de suministros son aquellos que tienen un valor estimado inferior a 15.000 euros. Para estos contratos, es necesario que el órgano de contratación emita un informe justificando de manera motivada la necesidad del contrato y asegurando que no se está alterando su objeto para evitar la aplicación de umbrales superiores.
Además, se requiere la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente, que debe cumplir con los requisitos establecidos por las normas de desarrollo de la Ley de Contratos del Sector Público.
En el caso de que el pago del contrato menor se realice a través de anticipos de caja fija u otro sistema similar para pagos menores, no se aplicará la exigencia del informe justificativo siempre que el valor estimado del contrato no exceda de 5.000 euros.
Concepto | Valor |
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Valor estimado máximo para contrato menor de suministros | 15.000 euros |
Excepción para anticipos de caja fija | 5.000 euros |