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tipos contratios públicos

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Existen diferentes tipos de contratos públicos que se celebran entre entidades del sector público y los proveedores. Estos contratos se califican de acuerdo con las normas contenidas en la Ley de Contratos del Sector Público. Los contratos de obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro y servicios se califican de acuerdo con esta Ley. Los restantes contratos del sector público se califican según las normas de derecho administrativo o de derecho privado que les sean de aplicación.

Las entidades del sector público no pueden celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. Estas entidades deben determinar con precisión la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas.

En los contratos del sector público se pueden incluir cualesquiera pactos, cláusulas y condiciones, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico y a los principios de buena administración. Además, solo se podrán fusionar prestaciones correspondientes a diferentes contratos en un contrato mixto cuando esas prestaciones se encuentren directamente vinculadas entre sí y mantengan relaciones de complementariedad.

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