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la presentación de recurso especial suspende en todos los casos?

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La presentación de un recurso especial suspende automáticamente la tramitación del procedimiento solo en ciertos casos, específicamente cuando el acto recurrido es el de adjudicación, con excepciones.

La suspensión automática del procedimiento ocurre cuando el recurso especial se interpone contra el acto de adjudicación de un contrato. Sin embargo, esta suspensión no se aplica a contratos basados en un acuerdo marco o a contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición. En estos casos, aunque no haya suspensión automática, se pueden adoptar medidas cautelares.

Además, el órgano competente para resolver el recurso tiene la facultad de decidir sobre la suspensión automática, pudiendo mantenerla o levantarla, dependiendo de las circunstancias del caso y de las medidas cautelares solicitadas.

En resumen, la suspensión automática es la regla general para recursos contra la adjudicación, pero existen excepciones y la posibilidad de que el órgano competente modifique esta situación a través de medidas cautelares.

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