se puede desistir de un procedimiento de resolucion contractual?
Sí, se puede desistir de un procedimiento de resolución contractual, pero debe estar debidamente justificado.
El desistimiento del procedimiento de resolución contractual debe estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. Es necesario justificar la causa en el expediente correspondiente.
La decisión de no adjudicar o celebrar un contrato puede ser adoptada por el órgano de contratación antes de la formalización del contrato. En estos casos, se debe compensar a los candidatos aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido, de acuerdo con los criterios de valoración empleados para el cálculo de la responsabilidad patrimonial de la Administración.
La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato debe basarse en razones de interés público debidamente justificadas. No se podrá promover una nueva licitación del objeto del contrato mientras subsistan las razones alegadas para fundamentar la decisión.
En el caso de acuerdos marco, el desistimiento y la decisión de no adjudicarlos o celebrarlos corresponde al órgano de contratación que inició el procedimiento para su celebración.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Justificación | Infracción no subsanable o razones de interés público |
| Compensación | A los candidatos aptos por los gastos incurridos |
| Procedimiento | Antes de la formalización del contrato |
- Referencias:
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es posible que un organo de contratación desista de una adjudicación, aun habiendo finalizado el proceso de recepción y apertura de ofertas
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se puede desistir de un procedimiento de resolución contractual ya iniciado de oficio por la adminsitración?
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puede desistir de un procedimiento de contratación la administración?
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hay un mínimo de indemnización por desistimiento antes de adjudicar?
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cuando se puede eliminar una licitacion
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Que ocurre si te retiran la adjudicación por un error de la mesa de contratación y formalizan el contrato con otro licitador
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¿Puede cerrarse una licitación si desaparece la necesidad del suministro que lo motivó?
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¿Puede cancelarse una licitación si desaparece la necesidad de suministro que lo motivó?
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cuando se decide no adjudicar un contrato o desistir(articulo 152 LCSP ) en ambos casos se compoensa a los licitadores ?
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los documentos que se han utilizado para hacer una licitación de la cual se ha desistido, ¿pueden utilizarse para una nueva licitacion?