¿Puede ser el responsable de un contrato alguien ajeno a la administración contratante?
Sí, el responsable de un contrato puede ser alguien ajeno a la administración contratante. Esto se establece en el artículo 62 de la Ley de Contratos del Sector Público, el cual indica que el responsable del contrato puede ser una persona física o jurídica, vinculada a la entidad contratante o ajena a ella. Esta persona tendrá la responsabilidad de supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 62