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¿Cuándo y cómo se constituyen las garantías?

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Las garantías en la contratación pública se constituyen para asegurar tanto el mantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación del contrato como la correcta ejecución del mismo. Se pueden constituir en metálico, mediante aval, seguro de caución o retención del precio, y deben depositarse en la Caja General de Depósitos o sus equivalentes en las Comunidades Autónomas o Entidades locales, dependiendo del tipo de garantía.

Las garantías provisionales se constituyen antes de que finalice el periodo de presentación de ofertas y tienen como objetivo asegurar el mantenimiento de las ofertas por parte de los licitadores hasta la adjudicación del contrato. Pueden ser depositadas en metálico o en valores en la Caja General de Depósitos o sus equivalentes, o mediante aval o seguro de caución ante el órgano de contratación. La cuantía de estas garantías no puede superar el 3% del presupuesto base de licitación, excluido el IVA, y su régimen de devolución está claramente especificado.

Por otro lado, las garantías definitivas se exigen para garantizar la correcta ejecución del contrato. Estas deben constituirse en la Caja General de Depósitos o sus equivalentes en las Comunidades Autónomas o Entidades locales. La cuantía de la garantía definitiva es del 5% del precio final ofertado por los licitadores, excluido el IVA. En casos especiales, puede exigirse una garantía complementaria que, sumada a la definitiva, no superará el 10% del precio final ofertado.

En contratos celebrados en el extranjero, las garantías se depositarán en las sedes de la respectiva Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular.

Tipo de Garantía Forma de Constitución Lugar de Depósito Cuantía Máxima
Provisional Metálico, valores, aval, seguro de caución Caja General de Depósitos o equivalentes 3% del presupuesto base de licitación (excluido IVA)
Definitiva Metálico, valores, aval, seguro de caución Caja General de Depósitos o equivalentes 5% del precio final ofertado (excluido IVA)
Complementaria Metálico, valores, aval, seguro de caución Caja General de Depósitos o equivalentes 5% del precio final ofertado (excluido IVA), no superando el 10% en total
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