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modificación 20% con IVA o sin IVA

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

La modificación del contrato que no exceda del 20% se calcula sobre el precio inicial del contrato sin incluir el IVA.

En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación son obligatorias para los contratistas cuando implican una alteración en su cuantía que no exceda del 20% del precio inicial del contrato, excluyendo el IVA. Esto significa que el cálculo para determinar si una modificación entra dentro del límite permitido se realiza sobre el precio base del contrato, sin considerar el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Concepto Cálculo de la Modificación
Precio inicial del contrato Sin IVA

Este enfoque asegura que las modificaciones se evalúen de manera consistente, utilizando el precio neto del contrato como referencia, lo que facilita la comparación y el cumplimiento de los límites establecidos por la ley.

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