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porcentaje de criterios evaluables mediante juicio de valor en contrato de servicios con componente intelectual

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En los contratos de servicios que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, los criterios relacionados con la calidad deben representar al menos el 51% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas.

En los contratos de servicios que incluyen componentes intelectuales, como los servicios de ingeniería y arquitectura, es esencial que los criterios de adjudicación relacionados con la calidad tengan un peso significativo. Esto asegura que la evaluación de las ofertas no se base únicamente en el precio, sino que también se consideren aspectos cualitativos que son cruciales para la ejecución efectiva del contrato.

La ley establece que, en estos casos, los criterios de calidad deben representar al menos el 51% de la puntuación total asignable. Esto significa que más de la mitad de la evaluación debe centrarse en aspectos cualitativos, lo que garantiza que se priorice la calidad del servicio ofrecido.

Criterio Porcentaje mínimo de la puntuación total
Calidad 51%

Este enfoque busca obtener servicios de alta calidad que respondan adecuadamente a las necesidades del órgano de contratación, especialmente en contratos que requieren un alto grado de especialización y conocimiento técnico.

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