licitación para solicitar notas simples al registro de la propiedad
No es necesario presentar una licitación para solicitar notas simples al registro de la propiedad. Esta solicitud se realiza directamente ante el registrador. La Administración, comenzado el procedimiento, deberá solicitar para su incorporación al expediente certificación del Registro de la Propiedad, al objeto de que puedan ser oídos todos los titulares de tales cargas y derechos. El registrador, al tiempo de expedir la certificación a que se refiere el párrafo anterior, deberá extender nota al margen de la inscripción de la concesión sobre la iniciación del procedimiento de resolución.
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quien paga las Notas simples registro propiedad
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Notas simples registro propiedad
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se puede solicitar documentacion previa en los procedimientos supersimplificados
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en proceso de tipo abierto simplificado abreviado (según 159.6) es exigible la inscripción a registros oficiales de licitadores?
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¿Es necesario hacer el certificado de no presentación de recursos?
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¿Qué deben hacer las Oficinas de Registro con los documentos que presenten alguno de los obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas?
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Cabe subsanación ante la falta de documentos acreditativos de inscripción en el ROLECE en un procedimiento abierto simplificado ?
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Si falta la solicitud de inscripción en el ROLECE en un procedimiento abierto simplificado se puede dar plazo de subsanación ?
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Cabe subsanación si no se ha incluido la solicitud de inscripción en el ROLECE en el sobre único de la oferta en un procedimiento abierto simplificado?
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¿con qué datos de la empresa debo identificar una propuesta para una licitación abierta simplificada?