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la ley de contratos fija un plazo mínimo para la ejecución y entrega de un suministro una vez que se adjudica?

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La Ley de Contratos del Sector Público de España no establece un plazo mínimo específico para la ejecución y entrega de un suministro una vez que se adjudica el contrato.

La normativa se centra en los plazos relacionados con la adjudicación del contrato y la recepción de los bienes, pero no especifica un plazo mínimo para la ejecución y entrega del suministro. Los plazos para la ejecución y entrega del suministro deben estar definidos en el contrato específico y en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

En cuanto a la adjudicación, cuando el único criterio es el precio, esta debe realizarse en un plazo máximo de quince días desde la apertura de las proposiciones. Si se utilizan múltiples criterios o el criterio del menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo es de dos meses desde la apertura de las proposiciones, salvo que se establezca otro plazo en los pliegos.

Criterio de Adjudicación Plazo Máximo de Adjudicación
Único criterio: precio 15 días
Múltiples criterios o menor coste del ciclo de vida 2 meses

La recepción de los bienes por parte de la Administración debe realizarse formalmente dentro del mes siguiente a la entrega o en el plazo que se determine en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

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