qué es un error material en el pliego de cláusulas administrativas particulares?
Un error material en el pliego de cláusulas administrativas particulares se refiere a un equivocación involuntaria que puede ser de hecho, de escritura o aritmética, y que no afecta el contenido sustancial del documento.
Los errores materiales son aquellos errores involuntarios que pueden ocurrir durante la redacción de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, tales como errores de escritura, de hecho o aritméticos. Estos errores no alteran la intención ni el contenido sustancial de los pliegos, sino que son equivocaciones que pueden corregirse sin necesidad de modificar la esencia del documento. Por ejemplo, pueden ser errores tipográficos, de cálculo o de transcripción de datos que no afectan las condiciones, criterios o requisitos establecidos en el pliego.
La Ley de Contratos del Sector Público permite la corrección de estos errores materiales en cualquier momento, siempre que dicha corrección no implique una modificación sustancial del pliego que pudiera afectar las condiciones de la licitación o la igualdad de trato entre los licitadores. Si la corrección de un error material conllevara una modificación sustancial del pliego, sería necesario retrotraer actuaciones, lo que implica volver a un punto anterior del proceso de contratación para garantizar la transparencia y la competencia.
Es importante destacar que cualquier modificación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares que no sea la corrección de un error material debe realizarse siguiendo el procedimiento establecido por la ley, lo que generalmente implica la necesidad de justificar la modificación y, en algunos casos, iniciar nuevamente el proceso de licitación.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público
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