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¿los sábados son días hábiles o inhábiles según la ley de contratos del sector público?

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Los sábados son días inhábiles según la Ley de Contratos del Sector Público.

En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, los plazos establecidos por días se entienden referidos a días naturales, a menos que se indique expresamente que deben computarse solo los días hábiles. Sin embargo, en la práctica administrativa y jurídica, los sábados se consideran días inhábiles, al igual que los domingos y festivos, para el cómputo de plazos.

Esto significa que si un plazo termina en sábado, se prorroga automáticamente al siguiente día hábil, que generalmente sería el lunes, a menos que este también sea festivo.

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