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¿Puede un licitador solicitar al organismo, ampliación del plazo establecido, para la presentación de ofertas?

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Sí, un licitador puede solicitar al organismo una ampliación del plazo establecido para la presentación de ofertas, bajo ciertas condiciones específicas.

Los órganos de contratación deben fijar plazos de presentación de ofertas y solicitudes de participación que consideren el tiempo necesario para prepararlas, atendiendo a la complejidad del contrato. Sin embargo, existen circunstancias bajo las cuales estos plazos pueden y deben ser ampliados para garantizar la igualdad de acceso a la información necesaria para la elaboración de ofertas.

Una ampliación del plazo inicial de presentación de ofertas es obligatoria cuando los servicios dependientes del órgano de contratación no hayan proporcionado, a tiempo, la información requerida por un interesado, siempre que esta solicitud de información se haya realizado con la debida antelación. La relevancia de la información solicitada es un factor determinante; se considera relevante cualquier información adicional transmitida a un licitador, información asociada a elementos referidos en los pliegos y documentos de contratación, entre otros.

Además, se debe ampliar el plazo cuando se introduzcan modificaciones significativas en los pliegos de la contratación que afecten a aspectos fundamentales como la clasificación requerida, el importe y plazo del contrato, las obligaciones del adjudicatario, o el objeto del contrato.

La duración de la prórroga debe ser proporcional a la importancia de la información solicitada por el interesado. Esto asegura que todos los posibles licitadores tengan acceso equitativo a la información necesaria para preparar sus ofertas, manteniendo así la transparencia y la competencia justa en el proceso de licitación.

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