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Qué condiciones e instrucciones específicas de la Ley de Contratos deben cumplirse en los criterios de valoración y que se ajusten a los principios de la misma?

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Los criterios de valoración en la adjudicación de contratos del sector público deben cumplir con condiciones específicas que aseguren su vinculación con el objeto del contrato, su proporcionalidad y transparencia, y deben estar claramente definidos en los pliegos y anuncios de licitación.

En primer lugar, cuando se utilicen criterios distintos del precio, es fundamental que las variantes que ofrezcan los licitadores estén previstas en los pliegos. Esto significa que deben expresarse los requisitos mínimos, modalidades y características de las variantes, así como su necesaria vinculación con el objeto del contrato. Además, la posibilidad de presentar variantes debe indicarse claramente en el anuncio de licitación, especificando sobre qué elementos y en qué condiciones se autoriza su presentación.

Por otro lado, los empresarios que deseen celebrar contratos con el sector público deben acreditar su solvencia económica, financiera, profesional o técnica. Los requisitos mínimos de solvencia deben estar vinculados al objeto del contrato y ser proporcionales al mismo. Estos requisitos y la documentación necesaria para acreditarlos deben indicarse en el anuncio de licitación y detallarse en los pliegos del contrato.

Finalmente, los contratos deben cumplirse conforme a sus cláusulas, respetando las prerrogativas de las Administraciones Públicas. La concreción de los requisitos de solvencia y los medios para acreditarlos se determinarán por el órgano de contratación y se detallarán en los pliegos, asegurando que los criterios de valoración sean claros y objetivos.

Concepto Descripción
Variantes Deben estar previstas en los pliegos y vinculadas al objeto del contrato.
Solvencia Acreditación de solvencia económica, financiera, profesional o técnica, proporcional al objeto del contrato.
Cumplimiento Los contratos deben cumplirse conforme a sus cláusulas.
    Referencias:
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 4; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/4] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 142; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/142] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 74; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/74] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 189; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/189] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 92; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/92]
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