En un contrato de servicio en el que se requiere un seguro de responsabilidad civil profesional como solvencia económica ¿se puede acreditar mediante clasificación?
Sí, en un contrato de servicios, la clasificación empresarial puede utilizarse como medio alternativo para acreditar la solvencia económica, incluyendo el requisito de un seguro de responsabilidad civil profesional, siempre que los pliegos del contrato lo prevean expresamente.
En los contratos de servicios, la clasificación empresarial no puede exigirse como requisito obligatorio de participación. Sin embargo, puede admitirse como un medio válido de acreditación de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional, siempre que los pliegos del contrato lo establezcan. Esto significa que la clasificación puede ser utilizada como una alternativa para demostrar la solvencia, pero no como una obligación excluyente.
Cuando se requiere un seguro de responsabilidad civil profesional como parte de la solvencia económica, el licitador tiene la opción de acreditar su solvencia mediante su clasificación empresarial, si esta es admitida en los pliegos como medio de acreditación. Alternativamente, el licitador puede cumplir directamente con los requisitos de solvencia establecidos en el anuncio de licitación o en los pliegos, que pueden incluir la presentación de un justificante de seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales.
En resumen, la clasificación empresarial puede servir como un medio alternativo para cumplir con los requisitos de solvencia, incluyendo aquellos relacionados con seguros de responsabilidad civil, siempre que los pliegos del contrato lo permitan.
- Referencias:
-
¿Se puede exigir clasificación empresarial en un contrato de servicios?
-
cuando puede ser exigible la clasificacion en un contrato de servicios
-
al tratarse de un servicio tecnico complejo como es el de mantenimiento de servicios informaticos se puede exigir la clasificacion
-
puede en algun caso ser exigible la clasificacion en un procedimiento de concesion de servicios
-
EN CONTRATOS DE SERVICIOS NO SE PUEDE EXIGIR CLASIFICACION EMPRESARIAL AUNQUE SEA DE MANERA ALTERNATIVA?
-
en los contratos de servicios hay que incluir clasificacion alternativa a la solvencia admisible?
-
cuándo se exige la clasificación como medio para acreditar la solvencia?
-
se pude justificar la solvencia mediante la clasificación
-
una empresa clasificada en obras, dispone de un seguro de responsabilida civil obligatorio
-
¿acreditación de la solvencia económica y financiera en contratos de servicios mediante la clasificación?