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Cuándo hay que remitir un acuerdo marco de suministros al Tribunal de Cuentas?
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Un acuerdo marco de suministros debe remitirse al Tribunal de Cuentas cuando el precio de adjudicación exceda de 450.000 euros.
Para el ejercicio de la función fiscalizadora, dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato, se debe enviar al Tribunal de Cuentas una copia certificada del documento de formalización del acuerdo marco, junto con un extracto del expediente del que se derive.
Esta remisión es obligatoria siempre que el valor estimado del acuerdo marco de suministros supere los 450.000 euros. Además, se deben comunicar al Tribunal de Cuentas las modificaciones, prórrogas, variaciones de plazos, variaciones de precio y el importe final, así como la nulidad y la extinción del contrato.
| Tipo de Contrato | Umbral para Remisión al Tribunal de Cuentas |
|---|---|
| Suministros | > 450.000 euros |
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