existe la posibilidad de repercutir la responsabilidad en un contrato de concesion de servicos. como responde la administrcion solidariamente subsidiariamente
La Administración no responde solidaria ni subsidiariamente por las responsabilidades del concesionario en un contrato de concesión de servicios.
En un contrato de concesión de servicios, el concesionario es el responsable directo de la prestación del servicio y de las obligaciones que de ello se deriven. Esto incluye la gestión económica, técnica y administrativa del servicio. La Administración no asume responsabilidad solidaria ni subsidiaria por las acciones u omisiones del concesionario.
El concesionario tiene derecho a las contraprestaciones económicas previstas en el contrato, que pueden incluir tarifas cobradas a los usuarios o pagos de la Administración. Sin embargo, en caso de incumplimiento por parte del concesionario, la Administración puede intervenir el servicio o aplicar penalidades, pero no asume las responsabilidades del concesionario.
En caso de perturbación grave del servicio por causas ajenas al concesionario, la Administración puede acordar el secuestro o intervención del servicio, pero esto no implica asumir las responsabilidades del concesionario. El concesionario sigue siendo responsable de los daños y perjuicios que haya causado.
-
respecto a que terminos se contempla la responsabilidad del concesionario
-
responsabilidad solidaria en un contrato de concesion de servicios
-
contratos de concesion de servicios responsabilidad responsabiliad del contratista
-
Cual es el régimen jurídico de las concesiones de servicios?
-
qué papel juega la administración local en una concesión
-
autoprovisión de la administración
-
responsabilidad del contratista en un contrato de concesion de servicios
-
Contratos de concesión de servicios
-
lA CONCESIÓN DE SERVICIOS, ES DIRECTA O INDIRECTA
-
cual es el VEC en concession de servicios