Mínimo de miembros en mesa de contratación
El mínimo de miembros en una mesa de contratación depende del tipo de procedimiento, pero generalmente incluye un Presidente, varios vocales y un Secretario. En procedimientos específicos, se requiere la inclusión de personas especialmente cualificadas.
En la mayoría de los procedimientos de contratación pública, la mesa de contratación debe estar compuesta por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario. Esto asegura que haya una estructura básica para la toma de decisiones y la evaluación de las ofertas.
Para procedimientos de diálogo competitivo o de asociación para la innovación, es obligatorio incorporar personas especialmente cualificadas en la materia sobre la que verse el diálogo o la asociación. Estas personas deben ser designadas por el órgano de contratación y su número debe ser igual o superior a un tercio de los componentes de la mesa.
A continuación, se presenta un resumen de la composición mínima de la mesa de contratación:
| Componente | Descripción |
|---|---|
| Presidente | Lidera la mesa de contratación |
| Vocales | Determinados reglamentariamente |
| Secretario | Responsable de la documentación y actas |
| Personas cualificadas | Solo en procedimientos específicos, al menos un tercio de la mesa |
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