en que momento se produce el compromiso del gasto
El compromiso del gasto se produce una vez que se conoce el importe y las condiciones del contrato según la oferta seleccionada.
En los contratos donde el presupuesto no está fijado previamente por la Administración, hasta que no se conozca el importe y las condiciones del contrato según la oferta seleccionada, no se procederá a la fiscalización del gasto, a su aprobación, ni a la adquisición del compromiso generado por el mismo. Estas circunstancias se recogen en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
En el caso de que se necesite introducir alguna modificación en el contrato, se debe redactar una propuesta que justifique, describa y valore dicha modificación. La aprobación de esta modificación por el órgano de contratación requerirá la previa audiencia del contratista y la fiscalización del gasto correspondiente.
- Referencias:
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 88. Presupuesto no fijado previamente por la Administración en concursos
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 102. Procedimiento para las modificaciones
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licitación sin fiscalidad previa
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Que consignación presupuestaria
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Falta fundamentación legal del órgano para la aprobación del gasto acordada en el segundo punto del resuelvo
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¿quien aprueba el gasto de un contrato?
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QUE ES UNA PROPUESTA DE APROBACION DE GASTO
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¿en que momento del contrato se expide el documento contable aprobación del gasto?
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fiscalización limitada previa certificación
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disposición de gasto
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¿Cuándo debe existir el Acuerdo de Gobierno autorizando el gasto?
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¿Cuánd debe existir Acuerdo de Gobierno autorizando el gasto?