¿PARA RESOLVER UN RECURSO DE REPOSICIÓN ES OBLIGATORIO DAR TRÁMITE DE ALEGACIONES AL RESTO DE LICITADORES?
No es obligatorio dar trámite de alegaciones al resto de licitadores al resolver un recurso de reposición.
El recurso de reposición es un recurso administrativo que se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto que se desea impugnar. Su finalidad es que el propio órgano revise su decisión. Este recurso no requiere necesariamente la participación de otros licitadores en el procedimiento de resolución, ya que se trata de una revisión interna del acto administrativo impugnado.
En el contexto de la contratación pública, los recursos de reposición se utilizan para impugnar decisiones del órgano de contratación, como la no adjudicación de un contrato o la negativa a ampliar un plazo de ejecución. Sin embargo, la normativa no establece la obligación de abrir un trámite de alegaciones para otros licitadores durante la resolución de este tipo de recursos.
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cabe recurso de reposición contra una resolución de adjudicación de un contrato menor?
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contra las resoluciones del organo de contratacion cabe recurso de alzada ante el consejero de una comunidad o de la jutna si ella lo autoriza
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Recurso de alzada contra Resolución?
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¿Cabe recurso de reposición contra una propuesta de adjudicación?
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Se puede desistir de un recurso de alzada
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