a quien le pertenece la designación seguridad y salud en los encargos
La designación de seguridad y salud en los encargos de contratos de obras corresponde al Director Facultativo, quien ejerce las facultades del responsable del contrato en estos casos.
En los contratos de obras, el Director Facultativo es el encargado de supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada. Esto incluye la responsabilidad sobre aspectos de seguridad y salud durante la ejecución de las obras.
El Director Facultativo actúa dentro del ámbito de facultades que le atribuya el órgano de contratación, asegurando que se cumplan todas las obligaciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 62
-
a quien pertenece la designación del Director Facultativo en los encargos de obra
-
en contrato proyecto y obra según articulo 234 quien ejerce de responsable del contrato
-
¿quienes conforman o de quien depende la Dirección Facultativa?
-
El responsable del contrato
-
¿Se puede licitar un contrato de obras sin saber quién es el director de obras?