Existe obligación de cumplir con las MEJORAS que se incorporan en los pliegos?
Sí, existe la obligación de cumplir con las mejoras que se incorporan en los pliegos, siempre que estas mejoras formen parte de las condiciones del contrato y hayan sido aceptadas por el contratista al momento de la adjudicación.
Las mejoras que se incorporan en los pliegos son parte de las condiciones especiales de ejecución del contrato. Estas condiciones deben ser cumplidas por el contratista, ya que forman parte del acuerdo contractual establecido entre las partes.
El incumplimiento de las condiciones del contrato, incluidas las mejoras, puede dar lugar a penalidades. Estas penalidades deben ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y no pueden exceder ciertos límites en relación al precio del contrato. Las penalidades pueden ser impuestas si el contratista incumple parcial o totalmente las prestaciones definidas en el contrato.
En caso de incumplimiento, la administración tiene la opción de resolver el contrato o imponer las penalidades establecidas en los pliegos. Esto asegura que las mejoras y otras condiciones del contrato sean cumplidas adecuadamente.
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¿Existe alguna peculiaridad o requisito a la hora de incorporar "mejoras" como criterios de adjudicación en los pliegos de cláusulas administrativas particulares?
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Es obligatorio incluir condiciones de ejecución?
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articulo 145
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mejoras propuestas pòr el contratita en contrato de obras
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¿Podría el órgano contratante establecer mejoras como criterio de adjudicación en los pliegos?