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En qué momento el licitador tiene que enviar toda la documentación acreditativa de la solvencia técnica y economica

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El licitador debe enviar toda la documentación acreditativa de la solvencia técnica y económica en el momento de presentar su oferta, conforme a lo especificado en el anuncio de licitación y los pliegos del contrato.

La acreditación de la solvencia económica y financiera y de la solvencia técnica o profesional se debe realizar mediante la aportación de los documentos que se determinen por el órgano de contratación. Estos documentos deben estar especificados en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y detallados en los pliegos del contrato.

En el caso de contratos que no estén sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación puede admitir otros medios de prueba de la solvencia distintos de los previstos, siempre que se justifique adecuadamente.

Para los contratos de concesión de obras y concesiones de servicios que incluyan fases sucesivas con diferentes requisitos de solvencia, los pliegos pueden diferenciar los requisitos de solvencia para cada fase. En estos casos, los licitadores deben acreditar su solvencia antes del inicio de la ejecución de cada fase correspondiente.

Tipo de Contrato Momento de Envío de Documentación
General Presentación de la oferta
Concesión de Obras y Servicios con Fases Sucesivas Antes del inicio de cada fase
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