quien paga las Notas simples registro propiedad
De acuerdo con el artículo 276 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando proceda la resolución de la concesión y existan titulares de derechos o cargas inscritos o anotados en el Registro de la Propiedad sobre la concesión, la Administración deberá solicitar para su incorporación al expediente certificación del Registro de la Propiedad. El registrador, al tiempo de expedir la certificación, deberá extender nota al margen de la inscripción de la concesión sobre la iniciación del procedimiento de resolución. Por lo tanto, la Administración es la responsable de pagar las notas simples del Registro de la Propiedad.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 276
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licitación para solicitar notas simples al registro de la propiedad
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Notas simples registro propiedad
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