Consecuencias de que el licitador en el procedimiento negociado sin publicidad por exclusividad no conteste al requerimiento de negociacion
Si el licitador en un procedimiento negociado sin publicidad por exclusividad no responde al requerimiento de negociación, el órgano de contratación puede decidir no adjudicar el contrato a dicho licitador.
En un procedimiento negociado sin publicidad, es fundamental que el licitador responda al requerimiento de negociación, ya que su falta de respuesta puede interpretarse como una falta de interés o incapacidad para cumplir con los términos del contrato. Esto puede llevar al órgano de contratación a considerar que el licitador no está en condiciones de llevar a cabo el contrato de manera efectiva.
La falta de respuesta del licitador también puede afectar la transparencia y la competencia del procedimiento de contratación. Aunque el procedimiento negociado sin publicidad se utiliza en situaciones específicas, como la exclusividad, es importante que los licitadores participen activamente para asegurar que el proceso sea justo y competitivo.
En caso de que el órgano de contratación decida no adjudicar el contrato debido a la falta de respuesta del licitador, debe informar a los candidatos o licitadores sobre esta decisión. Además, si el contrato fue anunciado en el Diario Oficial de la Unión Europea, también debe notificar a la Comisión Europea.
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