Gobierto Contratación

Te contamos cómo Gobierto puede ayudarte

Recibe información en tu correo-e sobre Gobierto.

Al enviar aceptas nuestra política de privacidad.

Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

Puede revisarse el precio de un contrato sujeto a regulación armonizada?

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

Sí, el precio de un contrato sujeto a regulación armonizada puede revisarse, pero bajo ciertas condiciones y límites específicos.

Para los contratos sujetos a regulación armonizada, la revisión de precios es posible siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa. La revisión debe ser periódica y predeterminada, y no se permite una revisión no periódica o no predeterminada. Esto significa que las condiciones para la revisión deben estar claramente definidas desde el inicio del contrato.

La revisión de precios se puede aplicar en contratos de obra, suministros de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas, y en contratos de suministro de energía, siempre que el período de recuperación de la inversión sea igual o superior a cinco años. En estos casos, no se consideran revisables los costes asociados a las amortizaciones, los costes financieros, los gastos generales o de estructura ni el beneficio industrial.

En contratos distintos de los mencionados, la revisión de precios puede admitirse si la suma de la participación en el presupuesto base de licitación del contrato de las materias primas, bienes intermedios y energía supera el 20% de dicho presupuesto. En estos casos, la revisión solo afectará a la fracción del precio del contrato que representa dicha participación.

La normativa también establece que, para proceder a la revisión de precios, el contrato debe haber sido ejecutado al menos en un 20% de su importe y debe haber transcurrido un año desde su formalización, salvo en contratos de concesión de servicios donde esta condición no es exigible.

A continuación, se presenta un resumen en formato tabla de los umbrales y condiciones para la revisión de precios en contratos sujetos a regulación armonizada:

Tipo de Contrato Condiciones para Revisión de Precios
Obras, suministros de armamento y energía Período de recuperación ≥ 5 años
Otros contratos Materias primas, bienes intermedios y energía > 20% del presupuesto
Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?

Ayudamos a

Newsletter de Gobierto Contratación

1 envío al mes con novedades del producto, análisis e informes sobre contratación pública.

Al enviar el formulario, aceptas que utilicemos tus datos solo para enviarte la newsletter de Gobierto. No compartimos tus datos con nadie, y te puedes dar de baja cuando quieras.

Populate Tools SL ha recibido una ayuda del Ayuntamiento de Madrid para la realización del proyecto Gobierto Asistente
Curso de inteligencia artificial para contratación pública