Gobierto Contratación

Te contamos cómo Gobierto puede ayudarte

Recibe información en tu correo-e sobre Gobierto.

Al enviar aceptas nuestra política de privacidad.

Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

ante el retraso de la obra el organo de contratacion decide suprimir determinadas unidades de obra y poder darla la debida utilidad

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

El órgano de contratación puede suprimir determinadas unidades de obra si se considera necesario para dar la debida utilidad a la obra, siempre que se sigan las normas generales de modificación de contratos.

Cuando se decide suprimir unidades de obra debido a retrasos, es importante que el órgano de contratación evalúe si estas modificaciones afectan el importe del contrato y el plazo de ejecución. Si las modificaciones no introducen nuevas unidades de obra, el plazo de ejecución no puede ser aumentado o disminuido en mayor proporción que la variación del importe del contrato.

Si la supresión de unidades de obra implica la necesidad de reajustar el plazo de ejecución, este debe ser concretado en meses, redondeando al alza los días sobrantes. En caso de que se necesiten unidades nuevas no previstas, el director de las obras debe proponer nuevos precios y la repercusión sobre el plazo de ejecución, requiriendo la conformidad del contratista para comenzar los trabajos.

En situaciones donde la obra se suspende definitivamente o por un plazo superior a ocho meses, y esta suspensión es imputable a la Administración, el contratista tiene derecho al valor de las obras efectivamente realizadas y al 6% del precio de las obras dejadas de realizar en concepto de beneficio industrial.

Concepto Detalle
Modificación del contrato Puede implicar la supresión de unidades de obra para dar utilidad.
Reajuste del plazo de ejecución Debe ser proporcional a la variación del importe del contrato.
Derecho del contratista Valor de obras realizadas y 6% de obras no realizadas si suspensión.
Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?

Ayudamos a

Newsletter de Gobierto Contratación

1 envío al mes con novedades del producto, análisis e informes sobre contratación pública.

Al enviar el formulario, aceptas que utilicemos tus datos solo para enviarte la newsletter de Gobierto. No compartimos tus datos con nadie, y te puedes dar de baja cuando quieras.

Populate Tools SL ha recibido una ayuda del Ayuntamiento de Madrid para la realización del proyecto Gobierto Asistente
Curso de inteligencia artificial para contratación pública