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En un contrato por precios unitarios ciertos, la garantia definitiva se puede fijar en base al precio de adjudicación o tiene que referirse al presupuesto base de licitación?

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En un contrato por precios unitarios ciertos, la garantía definitiva debe fijarse atendiendo al presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Cuando se trata de contratos cuyo precio se formula en función de precios unitarios, la determinación del importe de la garantía definitiva no se realiza en base al precio de adjudicación, sino que se fija considerando el presupuesto base de licitación, sin incluir el IVA. Esta medida asegura que la garantía refleje adecuadamente el compromiso económico inicial estimado por el órgano de contratación, proporcionando una base más estable y predecible para su cálculo.

La garantía definitiva sirve como una seguridad para la administración pública, asegurando que el contratista cumplirá con sus obligaciones contractuales. En el caso de los contratos por precios unitarios, esta aproximación al cálculo de la garantía toma en cuenta la naturaleza variable de los costos asociados a este tipo de contratos, donde el precio final puede fluctuar en función de las unidades realmente ejecutadas o entregadas.

Referencias - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/107

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