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cuando se puede limitar la subcontratación?

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La subcontratación puede limitarse en contratos de carácter secreto o reservado, en aquellos que requieren medidas de seguridad especiales, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado. También puede limitarse en contratos de obras, servicios o suministros para tareas críticas que deben ser ejecutadas directamente por el contratista principal.

La subcontratación está sujeta a las disposiciones de los pliegos del contrato. En ciertos casos, como en contratos de carácter secreto o reservado, o aquellos que requieren medidas de seguridad especiales, la subcontratación requerirá siempre autorización expresa del órgano de contratación. Esto se debe a la necesidad de proteger los intereses esenciales de la seguridad del Estado.

Además, en contratos de obras, servicios o suministros, los órganos de contratación pueden establecer en los pliegos que ciertas tareas críticas no sean objeto de subcontratación. Estas tareas deben ser ejecutadas directamente por el contratista principal, y su determinación debe estar justificada en el expediente de contratación.

En contratos de concesión de servicios, la subcontratación solo puede recaer sobre prestaciones accesorias, aplicándose la regulación establecida para subcontrataciones en general.

Situación Requisito
Contratos secretos o reservados Autorización expresa del órgano de contratación
Tareas críticas en obras, servicios o suministros Ejecución directa por el contratista principal
Concesión de servicios Subcontratación solo de prestaciones accesorias
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