cuando un gasto es no elegible
Un gasto es no elegible cuando la proposición presentada por un licitador no cumple con los requisitos establecidos en la documentación de licitación, excede el presupuesto base de licitación, varía sustancialmente el modelo establecido, contiene errores manifiestos en el importe, o es reconocida por el licitador como inviable debido a errores o inconsistencias.
Un gasto no es elegible si la proposición de un licitador no guarda concordancia con la documentación examinada y admitida. Esto implica que cualquier desviación significativa de los requisitos o especificaciones establecidas puede llevar al rechazo de la proposición.
Además, si la proposición excede el presupuesto base de licitación, se considera no elegible. El presupuesto base de licitación es el límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación, y cualquier oferta que lo supere será desechada.
Las proposiciones que varíen sustancialmente el modelo establecido o contengan errores manifiestos en el importe también son consideradas no elegibles. Esto asegura que todas las ofertas sean comparables y se ajusten a las expectativas del órgano de contratación.
Finalmente, si el licitador reconoce que su proposición contiene errores o inconsistencias que la hacen inviable, esta será desechada. Sin embargo, cambios menores o la omisión de algunas palabras que no alteren el sentido del modelo no serán causa suficiente para el rechazo.
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El incumplimiento de un criterio de adjudicación es motivo para la exclusión
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oferta superior presupuesto base
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puede exigirse presentar una oberta más baja que el presupuesto base de licitacion
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en que momento se produce el compromiso del gasto
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el presupuesto base de licitacion incluye las prorrogas
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Que importe se puede pasar de presupuesto
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la empresa licitadora puede ofertar un precio mas alto al de licitaicon
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Declarar una oferta excluida
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el presupuesto máximo de licitación, ¿incluye las prórrogas?
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Y si en un procedimiento negociado la oferta final no contempla lo acordado en la negociación? como se debe proceder?