en un contrato basado en un concurso de ideas es necesario remitir al tribunal de cuentas copia certificada de la formalización?
No, no es necesario remitir al Tribunal de Cuentas una copia certificada de la formalización de un contrato basado en un concurso de ideas, a menos que el contrato cumpla con ciertos umbrales de valor.
Para determinar si es necesario remitir una copia certificada de la formalización de un contrato al Tribunal de Cuentas, es importante considerar el valor del contrato. Según la normativa, se debe remitir una copia certificada y un extracto del expediente al Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la Comunidad Autónoma si el precio de adjudicación del contrato excede ciertos umbrales, dependiendo de la naturaleza del contrato.
Estos umbrales son los siguientes:
| Tipo de Contrato | Umbral de Valor para Remisión |
|---|---|
| Obras, concesiones de obras, concesiones de servicios y acuerdos marco | 600,000 euros |
| Suministros | 450,000 euros |
| Servicios y contratos administrativos especiales | 150,000 euros |
En el caso de un concurso de ideas, si el contrato resultante no supera estos umbrales, no será necesario remitir la documentación al Tribunal de Cuentas.
Además, es importante recordar que, independientemente de estos umbrales, el Tribunal de Cuentas o los órganos de fiscalización externos de las Comunidades Autónomas tienen la facultad de solicitar información adicional sobre los contratos de cualquier naturaleza y cuantía.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 335
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