Mesa de contratación en contrato menor para valoración más objetiva
En los contratos menores no es obligatoria la constitución de una mesa de contratación, pero su establecimiento podría contribuir a una valoración más objetiva de las ofertas, reduciendo la arbitrariedad y mejorando la transparencia del proceso.
Los contratos menores, por su naturaleza y cuantía, no requieren la constitución de una mesa de contratación. Sin embargo, la implementación de una mesa podría ser una buena práctica para asegurar que las decisiones se toman de manera más objetiva y colegiada. Esto es especialmente relevante en un contexto donde se busca minimizar las malas prácticas y abusos asociados a esta modalidad de contratación.
La valoración objetiva de las ofertas es un desafío constante en la contratación pública. La constitución de una mesa de contratación puede ayudar a mitigar este problema, ya que permite que varias personas participen en el proceso de evaluación, aportando diferentes perspectivas y reduciendo la posibilidad de decisiones arbitrarias. Esto es coherente con la tendencia aspiracional de lograr un sistema de medición que permita mejores resultados en los contratos.
Aunque no es un requisito legal para los contratos menores, la creación de una mesa de contratación podría integrarse como parte de una estrategia más amplia para mejorar la transparencia y la equidad en la contratación pública. Esto también podría facilitar la atracción de pequeñas y medianas empresas al proceso, al ofrecerles un entorno más justo y competitivo.
- Referencias:
- Blog de Gobierto - El contrato menor en la contratación pública: conversación con Beatriz Vazquez
- Blog de Gobierto - 10 minutos para no liarla con los contratos menores: charla con Beatriz Vazquez
- Blog de Gobierto - Criterios objetivos de valoración: entender bien para medir mejor. Conversación con Alberto Robles
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