cuando se debe de realizar la adjudicación contanto desde la fecha de la publicación
La adjudicación de un contrato debe realizarse en un plazo máximo que varía dependiendo de los criterios de selección utilizados.
Cuando el único criterio para seleccionar al adjudicatario es el precio, la adjudicación debe realizarse en un plazo máximo de quince días a partir del día siguiente a la apertura de las proposiciones.
En caso de que se utilicen múltiples criterios para la adjudicación, o si el único criterio es el menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo para adjudicar el contrato es de dos meses desde la apertura de las proposiciones. Este plazo puede ser diferente si se establece otro en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Si las proposiciones se presentan en varios sobres o archivos electrónicos que se abren en actos independientes, el plazo se cuenta desde el primer acto de apertura.
Los plazos mencionados se pueden ampliar en quince días hábiles si es necesario seguir ciertos trámites adicionales.
Si la adjudicación no se produce dentro de los plazos establecidos, los licitadores tienen derecho a retirar su proposición y a la devolución de la garantía provisional, si existiera.
Criterio de Selección | Plazo Máximo de Adjudicación |
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Único criterio: Precio | 15 días desde la apertura de proposiciones |
Múltiples criterios o menor coste del ciclo de vida | 2 meses desde la apertura de proposiciones |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 158
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