se puede requerir solvencia técnica aunque no sea exigible en un procededimiento simplificado abreviado
Sí, se puede requerir solvencia técnica en un procedimiento simplificado abreviado. Aunque la Ley de Contratos del Sector Público establece ciertas flexibilidades en cuanto a la acreditación de solvencia para contratos no sujetos a regulación armonizada, como podría ser un procedimiento simplificado abreviado, el órgano de contratación tiene la facultad de determinar los requisitos de solvencia técnica o profesional que considere necesarios para la ejecución del contrato en cuestión.
La ley estipula que la solvencia técnica o profesional puede ser acreditada mediante la aportación de los documentos que el órgano de contratación determine, de entre los previstos en los artículos pertinentes. Esto incluye una serie de medios como la relación de servicios o trabajos realizados, indicación del personal técnico, descripción de las instalaciones técnicas, entre otros.
Además, para los contratos que no están sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación puede admitir otros medios de prueba de la solvencia distintos de los previstos, siempre que se haga de forma justificada. Esto proporciona una cierta flexibilidad para adaptar los requisitos de solvencia a la naturaleza y características específicas del contrato.
En resumen, aunque el procedimiento simplificado abreviado está diseñado para ser un proceso más ágil y menos riguroso en términos de documentación y requisitos, esto no excluye la posibilidad de que el órgano de contratación requiera a los licitadores que demuestren su solvencia técnica para asegurar que están cualificados para cumplir con las obligaciones del contrato.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 86
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 87
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 88
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 89
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 90
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 91
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 92
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Se puede exigir un mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional por garantía en abierto simplificado abreviado
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Existe alguna contradicción en solicitar solvencia técnica y financiera en un procedimiento de tipo simplificado abreviado, aunque no se requiera
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Es necesario solvencia en el simplificado abreviado?
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Se puede exigir un mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional por garantía en abierto simplificado sumario