Es obligatorio hacer una modificación en un contrato abierto para introducir nuevos productos/etiquetas de la evolución de los que ya tenemos?
No es obligatorio hacer una modificación en un contrato abierto para introducir nuevos productos/etiquetas de la evolución de los que ya tenemos. Sin embargo, el órgano de contratación, por propia iniciativa y con la conformidad del suministrador, o a instancia de este, podrá incluir nuevos bienes del tipo adjudicado o similares al mismo cuando concurran motivos de interés público o de nueva tecnología o configuración respecto de los adjudicados, siempre que su precio no exceda del límite establecido.
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cabe una modificación en un contrato abierto para introducir nuevos productos/etiquetas de la evolución de los que ya tenemos?
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Como se habría de indicar en un contrato abierto para poder introducir nuevos productos o etiquetas de la evoluci´n de los plazos que ya tenemos incorporados
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Como se habría de indicar en un contrato abierto para poder introducir nuevos productos o etiquetas de la evoluci´n de los plazos que ya tenemos incorporados sin modificación
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una mejora ofrecida por la empresa se puede modificar
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Incorporación nuevos items contrato
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¿Puede el adjudicatario proponer suministrar un producto de cualidades superiores a su oferta, pero manteniendo el precio de adjudicación?
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¿se puede modificar una mejora?
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¿Qué pasa si un adjudicatario que ha ofertado un modelo de coche a suministrar lo cambia por otro diferente con más prestaciones si no se permiten variaciones?
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sustitución de partidas por otras mas ventajosas
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Puede el adjudicatario proponer el suministro de un mejor producto al ofertado por el mismo precio? No se trata de un acuerdo marco ni contrato basado