los contratos negociados sin publicidad tiene que anunciarse
No, los contratos negociados sin publicidad no tienen que anunciarse.
Los contratos negociados sin publicidad son un tipo de procedimiento de contratación pública en el que se omite el periodo de publicidad. Esto significa que no es necesario publicar un anuncio de licitación en el perfil del contratante ni en otros medios oficiales como el Boletín Oficial del Estado o el Diario Oficial de la Unión Europea.
Este procedimiento permite invitar directamente a operadores económicos para establecer las condiciones de contratación, lo que resulta en plazos más breves de gestión y limita la competencia a las empresas invitadas. En este tipo de contrato, se invita a un mínimo de tres empresas, pero no hay un mínimo de participantes efectivos, lo que puede resultar en que solo una empresa participe en la negociación.
Las condiciones para recurrir a este procedimiento son muy específicas y restrictivas, como situaciones de extrema urgencia, falta de ofertas válidas en procedimientos anteriores, o cuando solo una empresa puede realizar el contrato debido a razones técnicas, de propiedad intelectual, o de seguridad.
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Cuales son los requisitos que deben de cumplir los contratos negociados sin publicidad en el TRLCSP?
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¿Puede presentarse otra empresa aparte de las invitadas en un procedimiento negociado sin publicidad?