cuando una empresa no facilita los datos de subrogación a la nueva adjudicataria cómo debe actuar la Administración?
Cuando una empresa no facilita los datos de subrogación a la nueva adjudicataria, la Administración debe iniciar un procedimiento para garantizar que se cumpla la obligación de subrogación, incluyendo la imposición de penalidades al contratista anterior si no cumple con su deber de proporcionar la información necesaria para la subrogación.
La Ley de Contratos del Sector Público establece que los servicios dependientes del órgano de contratación deben facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación. Esta información es necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. La empresa saliente tiene la obligación de proporcionar esta información al órgano de contratación, a requerimiento de este.
Si la empresa saliente no cumple con su obligación de proporcionar la información necesaria para la subrogación, la Administración puede imponer penalidades dentro de los límites establecidos en la ley. Además, en caso de que los costes laborales fueran superiores a los informados por el antiguo contratista, el nuevo contratista tiene acción directa contra el anterior por los costes adicionales incurridos.
La Administración también tiene la responsabilidad de garantizar que el nuevo contratista cumpla con las obligaciones laborales, incluyendo los salarios y las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores subrogados. Si se detecta falta de pago, la Administración puede retener las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los salarios y no devolver la garantía definitiva hasta que se acredite el abono de estos.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público
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