se puede utilizar el valor de modificaciones del prespuesto base de contrato para el pago del exceso de mediciones
No, no se puede utilizar el valor de las modificaciones del presupuesto base de contrato para el pago del exceso de mediciones.
El presupuesto base de licitación es el límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación y debe ser adecuado a los precios del mercado en el momento de su elaboración. Este presupuesto incluye todos los costes previstos para la ejecución del contrato, incluyendo el IVA.
Por otro lado, las modificaciones del contrato y el exceso de mediciones son conceptos distintos y se rigen por normas específicas. Las modificaciones del contrato deben cumplir con los requisitos establecidos en la ley, incluyendo la aprobación de un expediente de modificación cuando sea necesario.
El exceso de mediciones se refiere a la variación que se produce en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en las mediciones del proyecto, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10% del precio del contrato inicial. Este exceso se recoge en la certificación final de la obra y no se considera una modificación del contrato.
Por tanto, el presupuesto destinado a las modificaciones del contrato no puede ser utilizado para cubrir el exceso de mediciones, ya que cada uno de estos conceptos tiene su propia regulación y procedimiento de gestión y financiación.
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En el caso de tener una obra en la que se ha realizado un exceso de las mediciones del 10% y modificaciones previstas por un 20% de donde sale el dinero
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Es aplicable a un contrato menor de obras el incremento de precio por exceso de medición hasta un 10% del artículo 242.4 de la LCSP?
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que es el precio inicial en las modificaciones, a que equivale?
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excesos de medicion
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liquidación de obras cuando se une al presupuesto