En una licitación con más de 4 licitadores, una baja superior al 25% se considera temeraria en cualquier caso?
Sí, en una licitación con más de cuatro licitadores, una baja superior al 25% se considera temeraria en cualquier caso.
En el contexto de las licitaciones públicas en España, las ofertas anormalmente bajas, también conocidas como bajas temerarias, son aquellas que presentan un precio significativamente inferior al presupuesto base de licitación o a la media de las ofertas presentadas. Estas ofertas pueden ser consideradas inviables o dudosas en cuanto a su capacidad para ejecutar el contrato de manera adecuada.
Cuando en una licitación concurren cuatro o más licitadores, se considera que una oferta es desproporcionada o temeraria si es inferior en más de un 10% a la media aritmética de las ofertas presentadas. Sin embargo, independientemente del número de licitadores, cualquier oferta que presente una baja superior al 25% respecto al presupuesto base de licitación se considera automáticamente temeraria.
A continuación, se presenta un resumen de los criterios para considerar una oferta como desproporcionada o temeraria:
| Número de Licitadores | Criterio de Baja Temeraria |
|---|---|
| 1 | Inferior al presupuesto base en más del 25% |
| 2 | Inferior en más del 20% a la otra oferta |
| 3 | Inferior en más del 10% a la media aritmética de las ofertas |
| 4 o más | Inferior en más del 10% a la media aritmética de las ofertas |
| Cualquier número | Baja superior al 25% respecto al presupuesto base |
Es importante que las empresas que presentan ofertas en licitaciones públicas estén preparadas para justificar la viabilidad de sus ofertas si son consideradas anormalmente bajas. La justificación debe ser completa, detallada y basada en prácticas de mercado adecuadas, asegurando que no se infringen normativas sociales, laborales o medioambientales.
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baja anormal
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como establecer porcentajes oferta anormal o desproporcionada
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Puedes analizar si hay baja temeraria en alguno de estos licitadores Base licitación 4.258,29 Lic 1 2.767,89 Lic 2 3.618,05 Lic 3 3.206,61 Lic 4 4.045,29 Lic 5 3.108,55
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¿Cómo se puede justificar el uso del precio exclusivamente para determinar ofertas anormalmente bajas?
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en qué artículo del reglamento se regulan las ofertas anormalmente bajas?
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baja temeraria en una oferta
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¿Qué significa "el resto de ofertas se evaluarán en función de las bajas de manera proporcional"?
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¿cuánto puede tardar la justificación de una bajada de precio temeraria?