los servicios intelectuales, se incluyen dentro del anexo IV?
No, los servicios intelectuales no se incluyen dentro del anexo IV.
Los servicios de carácter intelectual, como los de arquitectura, ingeniería, consultoría y urbanismo, son reconocidos por la Ley de Contratos del Sector Público, pero no se mencionan específicamente en el anexo IV. Estos servicios tienen una naturaleza particular que la ley reconoce, pero no están listados en el anexo mencionado.
El anexo IV de la Ley de Contratos del Sector Público se refiere principalmente a servicios de carácter social, sanitario, educativo y otros específicos que pueden ser objeto de contratos reservados o concesiones especiales. Estos servicios están identificados por códigos CPV específicos, que no incluyen los servicios de carácter intelectual.
Por lo tanto, aunque los servicios intelectuales tienen un reconocimiento especial en la ley, no forman parte del listado del anexo IV.