Para que orggano es obligatorio pedir tres presupuestos para un contrato.
Para los contratos menores, no es obligatorio pedir tres presupuestos, pero sí se requiere la emisión de un informe justificando la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto para evitar la aplicación de umbrales superiores.
En los contratos menores, que son aquellos cuyo valor estimado es inferior a 40.000 euros para contratos de obras y 15.000 euros para contratos de suministro o servicios, la tramitación del expediente exige la emisión de un informe del órgano de contratación. Este informe debe justificar de manera motivada la necesidad del contrato y asegurar que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales establecidos.
Además, se requiere la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente, que debe cumplir con los requisitos normativos. En el caso de contratos menores de obras, se debe añadir el presupuesto de las obras y, si es necesario, el correspondiente proyecto y el informe de las oficinas o unidades de supervisión si el trabajo afecta a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.
Para contratos cuyo pago se realiza a través de sistemas de anticipos de caja fija u otros similares para pagos menores, y cuyo valor estimado no excede de 5.000 euros, no se aplica la exigencia de justificar la necesidad del contrato.
Tipo de Contrato | Valor Estimado Inferior a |
---|---|
Obras | 40.000 euros |
Suministro | 15.000 euros |
Servicios | 15.000 euros |