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responsabilidad del contratista en un contrato de concesion de servicios

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El contratista en un contrato de concesión de servicios tiene la responsabilidad de prestar el servicio de manera continua, cuidar del buen orden del servicio, indemnizar los daños a terceros, respetar el principio de no discriminación y cumplir con otras obligaciones establecidas en la legislación y el contrato.

El concesionario debe prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo bajo las condiciones establecidas, incluyendo el pago de tarifas aprobadas. En caso de extinción del contrato, el contratista debe seguir prestando el servicio hasta que se formalice un nuevo contrato.

Es responsabilidad del concesionario cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar instrucciones necesarias, siempre respetando los poderes de policía de la Administración.

El concesionario debe indemnizar los daños causados a terceros como consecuencia de las operaciones necesarias para el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea atribuible a la Administración.

Debe respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad respecto a empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la OMC, en contratos de suministro derivados de la concesión de servicios.

Finalmente, el concesionario debe cumplir con cualquier otra obligación prevista en la legislación, en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el resto de la documentación contractual.

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