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para ser considerado publico un contratos de patrocinio realizado por un ayuntamiento o comunidad que tenemos que mirar

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Para que un contrato de patrocinio realizado por un ayuntamiento o comunidad sea considerado público, es necesario que cumpla con ciertos criterios que lo enmarquen dentro de la normativa de contratación pública.

Primero, el contrato debe ser formalizado por una entidad del sector público, como un ayuntamiento o una comunidad autónoma. Esto implica que la entidad contratante debe estar sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público, lo que asegura que el contrato se realice bajo los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, igualdad y no discriminación.

Segundo, el contrato debe involucrar la utilización de fondos públicos. Esto significa que el dinero utilizado para el patrocinio proviene del presupuesto de la entidad pública, lo cual requiere que el proceso de contratación cumpla con las normativas establecidas para asegurar la correcta utilización de los recursos públicos.

Tercero, el contrato debe ser objeto de publicidad y concurrencia, a menos que se trate de un contrato menor o se justifique el uso de un procedimiento negociado sin publicidad. La publicidad asegura que cualquier interesado pueda tener conocimiento del contrato y participar en el proceso de licitación, garantizando así la transparencia y la igualdad de oportunidades.

Finalmente, es importante verificar si el contrato cumple con los umbrales económicos establecidos para determinar el tipo de procedimiento de contratación que debe seguirse. Estos umbrales varían dependiendo del tipo de contrato (obras, servicios, suministros) y determinan si el contrato está sujeto a regulación armonizada o no.

Tipo de Contrato Umbral Económico
Obras < 5.404.000€
Servicios < 216.000€
Suministros < 216.000€
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