debe notificarse el vencimiento de plazo de un contrato de servicio?
Sí, debe notificarse el vencimiento de plazo de un contrato de servicio, siendo esta notificación un requisito para la prórroga del contrato.
En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público en España, la prórroga de un contrato es un mecanismo que permite extender la duración del mismo más allá del plazo inicialmente establecido. Para que esta prórroga sea efectiva, es necesario que el órgano de contratación notifique al empresario con antelación. Esta notificación debe realizarse al menos con dos meses de antelación a la finalización del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca un plazo mayor de preaviso.
La obligatoriedad de la prórroga para el empresario, bajo la condición de que se haya realizado el preaviso adecuadamente, refuerza la importancia de la notificación del vencimiento del plazo del contrato. Sin embargo, si el contrato tiene una duración inferior a dos meses, queda exceptuado de la obligación de preaviso.
Es importante destacar que la prórroga del contrato no puede producirse por el consentimiento tácito de las partes, lo que subraya aún más la necesidad de una comunicación formal y explícita respecto al vencimiento del plazo y la intención de prorrogar el contrato.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público
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