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Puede contratarse mediante un contrato menor a una empresa que ha terminado su contrato de servicios?

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Sí, es posible contratar mediante un contrato menor a una empresa que ha terminado su contrato de servicios, pero se deben cumplir ciertos requisitos y precauciones para evitar malas prácticas.

Primero, es importante entender que los contratos menores son una modalidad de contratación pública que permite una mayor flexibilidad y agilidad en la contratación de servicios, suministros y obras de menor cuantía. Sin embargo, esta flexibilidad también ha llevado a abusos y malas prácticas, por lo que su uso está sujeto a un marco normativo específico.

Para recurrir a un contrato menor con una empresa que ha terminado su contrato de servicios, se deben considerar los siguientes aspectos:

  1. Límite de Cuantía y Duración: Los contratos menores tienen un límite de cuantía y duración. Es crucial asegurarse de que el nuevo contrato no exceda estos límites establecidos por la normativa vigente.
  2. No Fraccionamiento del Objeto del Contrato: No se debe fraccionar el objeto del contrato para eludir los requisitos de publicidad y concurrencia. Es decir, no se puede dividir un contrato mayor en varios contratos menores con el mismo objeto para evitar los procedimientos más estrictos.
  3. Justificación de la Necesidad: Debe justificarse adecuadamente la necesidad del nuevo contrato menor y demostrar que no se trata de una continuación del contrato anterior, sino de una nueva necesidad que ha surgido.
  4. Transparencia y Competencia: Aunque los contratos menores no requieren un procedimiento de licitación formal, es recomendable fomentar la transparencia y la competencia, por ejemplo, solicitando varias ofertas y documentando el proceso de selección.

En resumen, aunque es posible contratar nuevamente a una empresa mediante un contrato menor, es esencial cumplir con los requisitos normativos y adoptar medidas para garantizar la transparencia y evitar el fraccionamiento indebido del contrato.

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